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jueves, 24 de septiembre de 2009

PERDON

De acuerdo con la RAE la palabra Perdón proviene de la palabra perdonar, esta a su vez una conjugación de los prefijo verbo latinos per y donāre, la palabra per se puede traducir como pasar, cruzar, adelante, pasar por encima, ante, y donāre que se puede traducir como donar o donación, regalo, obsequio, dar si procede de la palabra donum, y de la palabra donec significa hasta que se cumpla el tiempo (estipulado), hasta (que), todo el tiempo que, mientras y aunque, lo cual implica la idea de una condonación, remisión, cese de una falta, ofensa, demanda, castigo, indignación o ira, eximiendo al culpable de una obligación, discrepancia o error.

De todos modos esta definición está sujeta a la critica filosófica, en términos simples el perdón solo puede ser considerado por quien lo extiende y la persona objeto de ese regalo, en términos de familiaridad o amistad de los individuos implicados, en algunos contextos puede ser dado sin que el agraviado pida alguna compensación o algo a cambio, con o sin respuesta del ofensor, enterado o no de tal acción, como seria el caso de una persona fallecida, o como forma psicoterapeutica en ausencia del agresor, en términos prácticos, podría ser necesario que el agresor ofrezca una disculpa, restitución, o aun el pedir ser perdonado, como reconocimiento de su error, para el conocimiento del agraviado el cual pueda perdonar.

Tipos de perdón
Perdón pleno/parcial: En el perdón pleno, el perdonante "perdona y olvida", es decir, no sólo decide no odiar al perdonado, sino que recupera la relación de confianza o amor con el perdonado, como si la ofensa no hubiera tenido lugar. En el perdón parcial, el perdonante decide no odiar al perdonado por la ofensa recibida, pero la tiene en cuenta en el futuro para modular sus relaciones con el perdonado ("perdona pero no olvida").

Perdón puro/condicional: Perdón puro es el incondicional. En el perdón condicional, el perdonante subordina algunos o todos los efectos del perdón al seguimiento por parte del perdonado de ciertas reglas de conducta o al cumplimiento de cualquier otro tipo de condición.
Perdón expresado/tácito/no expresado: El perdonante puede optar por comunicar expresamente al perdonado la concesión del perdón, o bien por hacérselo ver por hechos más o menos concluyentes, o bien optar por no comunicarle de modo alguno la concesión del perdón.
Perdón espontáneo/solicitado: El perdón solicitado es el que se produce tras la petición de disculpas del ofensor, el espontáneo tiene lugar sin tal petición.
Perdón humano/divino: Según quién sea quien perdona, Dios o el ofendido, el perdón será divino o humano.

Concepciones religiosas y espirituales del perdón
Todas la "religiones universales" recomiendan:
a) perdonar a los demás
b) pedir perdón por las ofensas a los demás y
c) solicitar el perdón divino de los pecados, así como no sentir rencor por los castigos o designios divinos, eventualmente crueles o incomprensibles para los humanos.

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