
De todos modos esta definición está sujeta a la critica filosófica, en términos simples el perdón solo puede ser considerado por quien lo extiende y la persona objeto de ese regalo, en términos de familiaridad o amistad de los individuos implicados, en algunos contextos puede ser dado sin que el agraviado pida alguna compensación o algo a cambio, con o sin respuesta del ofensor, enterado o no de tal acción, como seria el caso de una persona fallecida, o como forma psicoterapeutica en ausencia del agresor, en términos prácticos, podría ser necesario que el agresor ofrezca una disculpa, restitución, o aun el pedir ser perdonado, como reconocimiento de su error, para el conocimiento del agraviado el cual pueda perdonar.
Tipos de perdón
Perdón pleno/parcial: En el perdón pleno, el perdonante "perdona y olvida", es decir, no sólo decide no odi

Perdón puro/condicional: Perdón puro es el incondicional. En el perdón condicional, el perdonante subordina algunos o todos los efectos del perdón al seguimiento por parte del perdonado de ciertas reglas de conducta o al cumplimiento de cualquier otro tipo de condición.
Perdón expresado/tácito/no expresado: El perdonante puede optar por comunicar expresamente al perdonado la concesión del perdón, o bien por hacérselo ver por hechos más o menos concluyentes, o bien optar por no comunicarle de modo alguno la concesión del perdón.
Perdón espontáneo/solicitado: El perdón solicitado es el que se produce tras la petición de disculpas del ofensor, el espontáneo tiene lugar sin tal petición.
Perdón humano/divino: Según quién sea quien perdona, Dios o el ofendido, el perdón será divino o humano.
Concepciones religiosas y espirituales del perdón
Todas la "religiones universales" recomiendan:
a) perdonar a los demás
b) pedir perdón por las ofensas a los demás y
c) solicitar el perdón divino de los pecados, así como no sentir rencor por los castigos o designios divinos, eventualmente crueles o incomprensibles para los humanos.
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